Pesetas republicanas y Estado de Derecho

Advertían hace pocos días lo editores del este blog, en relación con la cuestión catalana,  de las delirantes consecuencias que acarrea «mandar el Estado de Derecho al limbo: cualquier cosa es posible (…).  Los atajos fuera de las normas y los procedimientos establecidos llevan a sitios francamente curiosos y en algún caso como el de ayer francamente ridículos.» Es acentuadamente interesante esa reflexión si se vincula con una reciente Sentencia de la Sala 3ª del Tribunal Supremo de 29 de septiembre de 2017 (casación 4885/2016; ECLI:ES:TS:2017:3424), que devuelve a la comunidad jurídica la confortable sensación que la cordura hermenéutica dispensa. En síntesis, la cuestión gira en torno a la pretensión de los reclamantes a ser indemnizados hoy por decisiones legislativas inicuas  adoptadas durante la Guerra Civil española por la facción sediciosa. En particular, se trataría de una reclamación individual de responsabilidad patrimonial del Estado Legislador, formulada al amparo del art. 106.2 de la Constitución y los arts. 139 a 146 de la Ley 30/1992, entendiendo que «existe una auténtica “privación singular” como consecuencia de la aplicación de una normativa aparentemente general, que es en nuestro caso, la legislación que privó de valor a los billetes y demás instrumentos de pago […] https://hayderecho.com