El objeto de este artículo es hacer un análisis serio y riguroso de la nueva regulación de los Interventores, Secretarios y Tesoreros de la Administración Local, llamados funcionarios con habilitación nacional. En primer lugar, hay que decir que estos funcionarios tienen unas funciones decisivas dentro de la Administración local, que sólo ellos pueden realizar y que son en resumen las siguientes. Interventores: Control de las cuentas y de los Presupuestos de los Ayuntamientos, además de los aspectos económicos de los expedientes. Tesoreros: Recaudación de los tributos de un Ayuntamiento, así como la realización de los pagos y cobros de ese Ayuntamiento (al igual que hace el Tesoro Público, en el Estado). Secretarios: Fe pública y asesoramiento legal preceptivo, es decir son los notarios de los Ayuntamientos, además de llevar una serie de controles jurídicos. Bien pues destacar que en el BOE del Sábado 17 de Marzo se ha publicado el Real decreto 128/2018, de 16 de Marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, que desarrolla la ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (que entro en vigor el 28 de Diciembre de 2013) y […]
La entrada La nueva regulación de los funcionarios con habilitación nacional ¿ruptura de los principios de mérito y capacidad? (I) se publicó primero en Hay Derecho.
https://hayderecho.com